Quien Es El Conservador De Bienes Raíces De La Serena?
Notaria y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Archivero Judicial de Litueche, es doña Marcela Sammur del Río quien ejerce el cargo desde el 2020. El oficio se encuentra ubicado en Hermanos Carrera 748, Litueche, Litueche. El Conservador de Litueche ejerce su competencia territorial en las comunas de Litueche, La Estrella y Navidad de la VI Región.
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Contents
- 0.1 ¿Qué pasa si una propiedad no está inscrita en el SII?
- 0.2 ¿Cuánto demora un trámite en el Conservador de Bienes Raíces?
- 0.3 ¿Cuánto cuesta la inscripcion de una propiedad en el Conservador de Bienes Raíces?
- 1 ¿Qué hay que hacer después de firmar escritura?
- 2 ¿Quién se queda con la escritura de compraventa?
¿Cómo buscar una escritura pública por internet en Chile?
B:Cómo opera el sistema] Quienes deseen a acceder al Archivo Digital deben ir a http://documentos.archivonacional.cl. ingresar sus datos, consultar la base, seleccionar el documento de su interés y solicitar los certificados que se requieran.
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¿Dónde se guardan las escrituras originales?
Así sabrás qué notario tiene tus escrituras – Lo más habitual es que recuerdes con qué notario ejecutaste todos los trámites. Para conseguir una copia de tus escrituras debes acudir a la notaría que conserva el original, solo tienes que ir y pedir una copia. Con el avance de las nuevas tecnologías, incluso puedes hacerlo de forma remota.
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¿Qué pasa si una propiedad no está inscrita en el SII?
Debe concurrir a cualquier oficina del Servicio de Impuestos Internos, o bien, a una Oficina de Convenio Municipal de la comuna donde se encuentra el predio y solicitar la corrección del error, aportando la documentación necesaria para rectificarlo, de acuerdo al Anexo de la Resolución Exenta SII N°46 de 2017.
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¿Cuánto demora un trámite en el Conservador de Bienes Raíces?
7 días hábiles aprox. se puede extender en caso de realizar algún estudio o búsqueda adicional.
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¿Cuánto vale inscribir una propiedad en el Conservador de Bienes Raíces?
¿Cuánto cuesta la inscripción de mi propiedad en el Conservador de Bienes Raíces? – En una compraventa simple, el costo será el 0,2% del precio de la propiedad, y se indica un tope de pago de $262.200 pesos más algunos gastos extras por copias del registro.
- Este monto se paga al momento de firmar la escritura dejando un cheque o un vale vista a nombre del conservador de bienes raíces.
- Se le entrega a la misma notaría o, en algunos casos, a la parte vendedora (sea una corredora de propiedades o una inmobiliaria) quienes se encargan de finalizar el proceso.
Como ves, este registro de traspaso de propiedad es vital para que puedas obtener tu nuevo departamento, casa u oficina y empezar a disfrutar éste, bien sea si vas a vivir en él o si lo vas a arrendar. Es importante que te informes bien sobre el tema y tomes en cuenta el costo del mismo para poder costearlo en el momento determinado.
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¿Cuánto cuesta la inscripcion de una propiedad en el Conservador de Bienes Raíces?
Permite solicitar la inscripción de una propiedad, para acreditar quién es su dueño. Este trámite se realiza luego de firmar la escritura de compra de una propiedad, inscrita en el respectivo Conservador de Bienes Raíces. La inscripción se puede realizar durante todo el año en el sitio web y la oficina del Conservador de Bienes Raíces de Santiago (CBRS),
- Revise la dirección del conservador según su comuna,
- Debido a la emergencia sanitaria, las oficinas del CBRS atenderán de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas,
- Se recomienda realizar los trámites en línea, que serán atendidos con la misma rapidez y seguridad.
- Personas naturales o jurídicas que hayan comprado una propiedad.
Este documento debe ser solicitado en el sitio como “Inscripción en los registros de propiedad, hipotecas y prohibiciones”, donde deberá seleccionar el acto. En caso de realizar el trámite en línea, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Que la copia de la escritura ante notario se haya firmado de forma electrónica.
- Deberá ingresar el notario que otorgó la escritura de compraventa y el código de verificación, que se encuentra en el extracto de la escritura firmada electrónicamente (el código está en la parte inferior del documento).
Para el trámite en oficina necesita llevar la siguiente información:
- Copia autorizada de la escritura de compraventa (original).
- Formulario Nº 2.890, suscrito por el notario.
- Certificado de deuda de contribuciones al día.
- Constancia de pago de la última cuota de contribuciones.
- Certificado de avalúo fiscal, en caso de que la propiedad esté exenta del pago de contribuciones.
- Formulario Nº 1 (el documento está disponible en el sector informaciones e índices del Conservador de Bienes Raíces de Santiago).
- Dirigirse a informaciones e índices.
– Instrucciones Trámite en línea
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en “ir al trámite en línea”.
- Una vez en el sitio web del CBRS, complete los datos requeridos, y haga clic en “verificar”.
- Descargue el documento para verificar que sea el correcto, si es así, haga clic en el botón “sí”.
- Seleccione el acto e inscripción de propiedad de compra venta. Al agregar, debe ingresar el precio, indicando si corresponde a peso, UF o dólar.
- Adjunte los documentos, y haga clic en “agregar al carro de compras”.
- Revise el valor y la cantidad de documentos solicitados, y haga clic en “siguiente”.
- Escriba su usuario y contraseña. Si no está registrado, cree una cuenta,
- Revise su carro de compra, y haga clic en “siguiente”.
- Revise su solicitud, y haga clic en “pagar”. Para pagar será redireccionado al portal de la Tesorería General de la República (TGR). Una vez realizado el pago, la institución le enviará un correo que confirmará la solicitud del trámite.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción de propiedad. Obtendrá respuesta en un plazo aproximado de 7 días hábiles a su correo y disponible para descargar.
Importante :
- Revise el estado de su solicitud, ingresando el número de carátula.
- Si pertenece a una comuna que se encuentra fuera de la jurisdicción de Santiago, deberá revisar si el documento se encuentra disponible en el sitio web conservadores digitales a través de la opción “trámites en línea”.
- Si necesita realizar una consulta, puede llamar al teléfono +56 2 2585 81 18. Horario de atención: 9:00 a 17:00 horas.
– Instrucciones Trámite en Sucursal
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, ubicada en Morandé 440, Santiago, Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas.
- Solicite el formulario indicado, luego diríjase a la sección de informaciones e índices explicando el motivo de su visita: solicitar la inscripción de una propiedad.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el documento y recibido un comprobante de ingreso de la orden de trabajo (carátula).
- Obtendrá una respuesta en el plazo aproximado de 7 días hábiles (de 9:00 a 15:00 horas) a su correo y disponible para descargar en el sitio web del Conservador de Bienes Raíces de Santiago (CBRS) o ser retirado en la oficina de la institución, ubicada en Morandé 440, Santiago.
Importante :
- Revise el estado de su solicitud, ingresando el número de carátula.
- Si necesita realizar una consulta, puede llamar al teléfono +56 2 2585 81 18. Horario de atención: 9:00 a 17:00 horas.
– Instrucciones contacto telefónico – Instrucciones trámite por Email – Instrucciones trámite en el Consulado El costo asociado a la inscripción de una compraventa simple es el 0,2% de su precio, con un tope a pagar de $262.200 (más $2.600 por copia).
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¿Cómo saber si una persona es dueña de una propiedad en Chile?
Ingrese al sitio web sii.cl, Servicios Online, Avalúos y Contribuciones de bienes raíces, Consulta de Avalúos y Certificados, opción Consulta de una propiedad asociada a un RUT.
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¿Quién puede pedir una copia de una escritura?
PREGUNTAS FRECUENTES –
1. ¿QUÉ ES UNA ESCRITURA PUBLICA? Es un instrumento notarial que contiene una o más declaraciones de las personas intervinientes en un acto o contrato, emitidas ante notario con el lleno de los requisitos legales, para su incorporación al protocolo. 2. ¿QUE ES EL PROTOCOLO? Es el archivo fundamental del Notario y se forma con todas las escrituras que se otorgan ante él y con las actuaciones y documentos que se insertan en el mismo. 3. ¿QUE ACTOS REQUIEREN DE LA FORMALIDAD DE ESCRITURA PUBLICA? Todos los actos y contratos de disposición o gravamen de bienes inmuebles, y en general aquellos para los cuales la Ley exija esta solemnidad. 4. ¿CUAL ES LA IMPORTANCIA DE LAS ESCRITURAS PÚBLICAS? Son uno de los medios probatorios más importantes, debido a que en ellas el notario da constancia de una “fecha cierta “es decir; da fe de la fecha del acto o contrato celebrado y contenido en el documento. 5. ¿EN QUE MOMENTO PUEDO SOLICITAR COPIAS DE UNA ESCRITURA PUBLICA? En cualquier momento el Notario puede expedir copia total o parcial de las escrituras públicas y de los documentos que reposan en su protocolo. La copia autorizada hace plena fe de su correspondencia con el original. 6. ¿QUIEN PUEDE SOLICITAR COPIA DE UNA ESCRITURA? Toda persona tiene derecho a solicitar copia de las escrituras que reposen en el protocolo de las notarías.
¿Qué hay que hacer después de firmar escritura?
Notificación inmediata por fax al registro de la propiedad – Una vez firmada la escritura, el notario enviará por fax una notificación de la transacción al registro de la propiedad a petición del comprador. Esto es para que nadie más pueda inscribir la misma propiedad en el registro de la propiedad durante los próximos 10 días.
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¿Cuando un notario Fallece dónde van los documentos?
¿Dónde obtener copia de la escritura si el notario ya cesó? Sr. Notario. Hace varios años mi padre me otorgó, vía anticipo de herencia, la propiedad de la casa en la cual vivo; sin embargo, nunca se inscribió tal acto en los registros públicos y el notario ante el cual se otorgó la escritura pública ya falleció. ¿Qué puedo hacer?
Ivonsiña Dorival C. DNI N° 43923900 Respuesta Estimada lectora, una vez suscrita la escritura pública por las partes, el acto contenido adquiere un status jurídico importante, pues por un lado, cobra eficacia (si es que no la hubiera tenido aún), y por otra parte es fácil probar su celebración, en razón a un documento seguro y fehaciente como es la escritura pública.
Las escrituras públicas, en tanto se trata de documentos, no caducan; y ordinariamente, los derechos nacidos o transmitidos en ella, tampoco; es decir -a modo de ejemplo-, si usted compra una casa y se firma la escritura por todas las partes y por el notario, su derecho como propietario se mantiene vigente e indefinido en el tiempo.
- Lo que podrá suceder es que usted venda el bien, en cuyo caso no hablamos de caducidad del derecho, sino de su transmisión.
- Claro está, lo aconsejable es inscribir la propiedad en los registros públicos, de lo contrario puede sufrir consecuencias negativas.
- Ahora bien, las escrituras se mantienen en el archivo del notario donde se han otorgado, hasta que dicho profesional cesa (sea por fallecimiento u otra causa prevista en la ley).
Una vez ocurrido el cese del notario, sus archivos pasan a un notario hábil por el plazo de dos años, luego del cual, conforme al artículo 63° del decreto legislativo del notariado, pasarán al Archivo de la Nación o al Archivo Departamental correspondiente.
- En suma, una escritura pública firmada por los otorgantes y autorizada por el notario, no tiene plazo de caducidad, y siempre podrá obtener una copia de la misma, sea a través del notario encargado luego del cese, sea a través del Archivo de la Nación o Departamental.
- Ahora bien, no hay que perder de vista que si el acto contenido en la escritura pública estuviere inscrito en los registros públicos, también podré obtener copia del parte notarial en dicha entidad; tanto en uno como en el otro supuesto, se podrá acreditar la existencia del derecho.
MARCO A. BECERRA SOSAYA Notario de Lima : ¿Dónde obtener copia de la escritura si el notario ya cesó?
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¿Qué pasa si me roban la escritura de mi casa?
Ir con el notario – En primer lugar, debes recordar que las escrituras originales de una casa quedan en posesión del notario, y lo que entrega al propietario es una copia certificada con la misma validez legal. Por lo tanto, puedes acudir con el notario que realizó la escrituración y decirle: “Perdí mis escrituras”.
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¿Quién se queda con la escritura de compraventa?
Los acuerdos comprador – vendedor – Pero la realidad es que en la mayoría de los casos, ese “salvo pacto en contrario” es lo que solemos encontrar en los ‘contratos de arras’ y en las escrituras de compraventa, Es una costumbre que el comprador y el vendedor lleguen a acuerdo beneficioso para ambos, y repartan los gastos de la compraventa y acuerden pagarlo a medias.
Las cantidades dependen del precio de la vivienda, pero para una vivienda de 250 mil euros, los gastos notariales serían de aproximadamente 495 euros. Para una vivienda de 500 mil euros, los gastos notariales serían de aproximadamente 585 euros. Hay que aclarar que no es obligatorio contratar los servicios de un notario para la compraventa de un inmueble, pero sí lo es para la firma de una hipoteca, entre el 0,3% y el 0,5% del importe total, además de las copias del comprador y del banco.
Esos gastos son asumidos por la entidad financiera, por lo que el comprador no debe preocuparse de ello. : ¿Quién paga los gastos de notaría en la compraventa de una vivienda?
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