Cuantos Diputados Se Eligen En Antofagasta?

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Cuantos Diputados Se Eligen En Antofagasta
Región de Antofagasta: solo un distrito (9 comunas) y elige a 5 diputados. Región de Atacama: solo un distrito (9 comunas) y elige a 5 diputados. Región de Coquimbo: solo un distrito (15 comunas) y elige a 7 diputados.
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¿Cuántos diputados hay en Antofagasta?

Región de Antofagasta

Antofagasta
Gobernador Delegada presidencial Senadores Diputados Ricardo Díaz Cortés (Ind.) Karen Behrens Navarrete (PS) 3 (Circunscripción II) 5 (Distrito 3)
Subdivisiones 3 provincias (Antofagasta, El Loa, Tocopilla)
Superficie Puesto 2.º
Total 126 049.1 km²

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¿Cuántos diputados se eligen por distrito en Chile?

Esta división permite la elección de los miembros de cada uno de los órganos mencionados: en el caso del Congreso Nacional, en cada distrito se eligen 3, 4, 5, 6, 7 u 8 diputados y cada circunscripción senatorial hace lo propio con 2, 3 o 5 senadores de forma proporcional según corresponda; en el caso de cada uno de
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¿Cuántos senadores se eligen en cada provincia?

CAPÍTULO I. De las Cámaras – Artículo 66. Cortes Generales: potestad legislativa y control del Gobierno

  1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.
  2. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución.
  3. Las Cortes Generales son inviolables.

Artículo 67. El mandato parlamentario

  1. Nadie podrá ser miembro de las dos Cámaras simultáneamente, ni acumular el acta de una Asamblea de Comunidad Autónoma con la de Diputado al Congreso.
  2. Los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo.
  3. Las reuniones de Parlamentarios que se celebren sin convocatoria reglamentaria no vincularán a las Cámaras, y no podrán ejercer sus funciones ni ostentar sus privilegios.

Artículo 68

  1. El Congreso de los Diputados. El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que establezca la ley.
  2. Sistema electoral, La circunscripción electoral es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas por un Diputado. La ley distribuirá el número total de Diputados, asignando una representación mínima inicial a cada circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población.
  3. La elección se verificará en cada circunscripción atendiendo a criterios de representación proporcional.
  4. Cuatro años de legislatura. El Congreso es elegido por cuatro años. El mandato de los Diputados termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.
  5. Son electores y elegibles todos los españoles que estén en pleno uso de sus derechos políticos. La ley reconocerá y el Estado facilitará el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles que se encuentren fuera del territorio de España.
  6. Las elecciones tendrán lugar entre los treinta días y sesenta días desde la terminación del mandato. El Congreso electo deberá ser convocado dentro de los veinticinco días siguientes a la celebración de las elecciones.

Artículo 69. El Senado, Cámara de representación territorial

  1. El Senado es la Cámara de representación territorial.
  2. En cada provincia se elegirán cuatro Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por los votantes de cada una de ellas, en los términos que señale una ley orgánica.
  3. En las provincias insulares, cada isla o agrupación de ellas, con Cabildo o Consejo Insular, constituirá una circunscripción a efectos de elección de Senadores, correspondiendo tres a cada una de las islas mayores -Gran Canaria, Mallorca y Tenerife- y uno a cada una de las siguientes islas o agrupaciones: Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma.
  4. Las poblaciones de Ceuta y Melilla elegirán cada una de ellas dos Senadores.
  5. Las Comunidades Autónomas designarán además un Senador y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio. La designación corresponderá a la Asamblea legislativa o, en su defecto, al órgano colegiado superior de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo que establezcan los Estatutos, que asegurarán, en todo caso, la adecuada representación proporcional.
  6. Cuatro años de legislatura. El Senado es elegido por cuatro años. El mandato de los Senadores termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.

Artículo 70. Incompatibilidades e inelegibilidades

  1. La ley electoral determinará las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de los Diputados y Senadores, que comprenderán, en todo caso:
    • A los componentes del Tribunal Constitucional.
    • A los altos cargos de la Administración del Estado que determine la ley, con la excepción de los miembros del Gobierno.
    • Al Defensor del Pueblo.
    • A los Magistrados, Jueces y Fiscales en activo.
    • A los militares profesionales y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía en activo.
    • A los miembros de las Juntas Electorales.
  2. La validez de las actas y credenciales de los miembros de ambas Cámaras estará sometida al control judicial, en los términos que establezca la ley electoral.
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Artículo 71. Inviolabilidad e inmunidad parlamentarias

  1. Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.
  2. Durante el período de su mandato los Diputados y Senadores gozarán asimismo de inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva.
  3. En las causas contra Diputados y Senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
  4. Los Diputados y Senadores percibirán una asignación que será fijada por las respectivas Cámaras.

Artículo 72. Reglamentos de las Cámaras

  1. Las Cámaras establecen sus propios Reglamentos, aprueban autónomamente sus presupuestos y, de común acuerdo, regulan el Estatuto del Personal de las Cortes Generales. Los Reglamentos y su reforma serán sometidos a una votación final sobre su totalidad, que requerirá la mayoría absoluta.
  2. Las Cámaras eligen sus respectivos Presidentes y los demás miembros de sus Mesas. Las sesiones conjuntas serán presididas por el Presidente del Congreso y se regirán por un Reglamento de las Cortes Generales aprobado por mayoría absoluta de cada Cámara.
  3. Los Presidentes de las Cámaras ejercen en nombre de las mismas todos los poderes administrativos y facultades de policía en el interior de sus respectivas sedes.

Artículo 73. Sesiones de las Cámaras

  1. Las Cámaras se reunirán anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones: el primero, de septiembre a diciembre, y el segundo de febrero a junio.
  2. Las Cámaras podrán reunirse en sesiones extraordinarias a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras. Las sesiones extraordinarias deberán convocarse sobre un orden del día determinado y serán clausuradas una vez que éste haya sido agotado.

Artículo 74. Sesiones conjuntas de las Cámaras

  1. Las Cámaras se reunirán en sesión conjunta para ejercer las competencias no legislativas que el Título II atribuye expresamente a las Cortes Generales.
  2. Las decisiones de las Cortes Generales previstas en los artículos 94, 1; 145, 2, y 158, 2, se adoptarán por mayoría de cada una de las Cámaras. En el primer caso, el procedimiento se iniciará por el Congreso, y en los otros dos, por el Senado. En ambos casos, si no hubiera acuerdo entre Senado y Congreso, se intentará obtener por una Comisión Mixta compuesta de igual número de Diputados y Senadores. La Comisión presentará un texto que será votado por ambas Cámaras. Si no se aprueba en la forma establecida, decidirá el Congreso por mayoría absoluta.

Artículo 75. El Pleno y las Comisiones de las Cámaras

  1. Las Cámaras funcionarán en Pleno y por Comisiones.
  2. Las Cámaras podrán delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes la aprobación de proyectos o proposiciones de ley. El Pleno podrá, no obstante, recabar en cualquier momento el debate y votación de cualquier proyecto o proposición de ley que haya sido objeto de esta delegación.
  3. Quedan exceptuados de lo dispuesto en el apartado anterior la reforma constitucional, las cuestiones internacionales, las leyes orgánicas y de bases y los Presupuestos Generales del Estado.

Artículo 76. Comisión de investigación

  1. El Congreso y el Senado, y, en su caso, ambas Cámaras conjuntamente, podrán nombrar Comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público. Sus conclusiones no serán vinculantes para los Tribunales, ni afectarán a las resoluciones judiciales, sin perjuicio de que el resultado de la investigación sea comunicado al Ministerio Fiscal para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones oportunas.
  2. Será obligatorio comparecer a requerimiento de las Cámaras. La ley regulará las sanciones que puedan imponerse por incumplimiento de esta obligación.

Artículo 77. Peticiones a las Cámaras

  1. Las Cámaras pueden recibir peticiones individuales y colectivas, siempre por escrito, quedando prohibida la presentación directa por manifestaciones ciudadanas.
  2. Las Cámaras pueden remitir al Gobierno las peticiones que reciban. El Gobierno está obligado a explicarse sobre su contenido, siempre que las Cámaras lo exijan.

Artículo 78. Diputaciones Permanentes

  1. En cada Cámara habrá una Diputación Permanente compuesta por un mínimo de veintiún miembros, que representarán a los grupos parlamentarios, en proporción a su importancia numérica.
  2. Las Diputaciones Permanentes estarán presididas por el Presidente de la Cámara respectiva y tendrán como funciones la prevista en el artículo 73, la de asumir las facultades que correspondan a las Cámaras, de acuerdo con los artículos 86 y 116, en caso de que éstas hubieran sido disueltas o hubiere expirado su mandato, y la de velar por los poderes de las Cámaras cuando éstas no estén reunidas.
  3. Expirado el mandato o en caso de disolución, las Diputaciones Permanentes seguirán ejerciendo sus funciones hasta la constitución de las nuevas Cortes Generales.
  4. Reunida la Cámara correspondiente, la Diputación Permanente dará cuenta de los asuntos tratados y de sus decisiones.

Artículo 79. Adopción de acuerdos

  1. Para adoptar acuerdos, las Cámaras deben estar reunidos reglamentariamente y con asistencia de la mayoría de sus miembros.
  2. Dichos acuerdos, para ser válidos, deberán ser aprobados por la mayoría de los miembros presentes, sin perjuicio de las mayorías especiales que establezcan la Constitución o las leyes orgánicas y las que para elección de personas establezcan los Reglamentos de las Cámaras.
  3. El voto de Senadores y Diputados es personal e indelegable.

Artículo 80. Publicidad de las sesiones Las sesiones plenarias de las Cámaras serán públicas, salvo acuerdo en contrario de cada Cámara, adoptado por mayoría absoluta o con arreglo al Reglamento.
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¿Cuántos diputados son en Chile 2022?

Otros (24) :

8 PDG 7 PDC 6 Ind. 2 PEV 1 PH 1 APCh

/td> Elecciones Sistema electoral Método D’Hondt Senado Última elección 21 de noviembre de 2021 Cámara de Diputadas y Diputados Última elección 21 de noviembre de 2021 Sitio web Congreso Nacional de Chile Sucesión

Predecesor Consejo de Estado de 1823 Consejo de Estado de 1833 Consejo de Estado de 1976 Congreso Nacional de Chile Sucesor Congreso vigente

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El Congreso Nacional de Chile (CNCh) es el órgano legislativo de la República de Chile, Es un órgano bicameral compuesto por una Cámara de Diputados y un Senado, Tiene su sede en la ciudad de Valparaíso, ​ Es uno de los congresos nacionales más antiguos de Iberoamérica y el más antiguo de América latina en funcionamiento.

  1. ​ Solo durante los períodos de 1924 – 1925, de junio-octubre de 1932 y de 1973 – 1989, el Congreso Nacional fue clausurado sin producirse una renovación inmediata de los integrantes de sus dos cámaras.
  2. Desde 2005 hasta 2017 todos sus miembros eran electos por votación popular, a través de un sistema binominal, con posibilidad de reelección,

A partir de las elecciones parlamentarias del año 2017 rige un sistema proporcional inclusivo. De acuerdo a la Constitución vigente, la Cámara de Diputados está integrada por 155 miembros, denominados diputados, elegidos por un mandato de cuatro años sobre la base de distritos electorales, fijados por una ley orgánica constitucional,

El Senado se compone de 50 miembros, llamados senadores, elegidos por un periodo de ocho años sobre la base de circunscripciones senatoriales determinadas en consideración a las regiones del país, por la ley orgánica constitucional respectiva, que igualmente establece el número de senadores y la forma de elección,

Ambas cámaras del Congreso concurren a la formación de las leyes en conformidad a la Constitución y tienen las demás atribuciones que ella misma establece. Tanto el Congreso, como órgano autónomo y diverso de las ramas que lo componen, como sus cámaras poseen atribuciones constitucionales exclusivas.
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¿Cómo está conformada la Cámara de Diputados 2022?

Mesa Directiva – Este órgano es el que conduce las sesiones de la Cámara y asegura el debido desarrollo de los debates, discusiones y votaciones del Pleno; garantiza que en los trabajos legislativos prevalezca lo dispuesto en la Constitución y la ley.
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¿Cuál es el distrito de Antofagasta?

Distrito 3
Distrito electoral
Ubicación en la Región de Antofagasta
Entidad Distrito electoral
• País Chile
• Región Antofagasta
Población ( 2017 )
• Total 607 534 hab.

El tercer distrito electoral de Chile es un distrito electoral ubicado en la región de Antofagasta que elige cinco diputados para la Cámara de Diputados de Chile, ​ Está compuesto por la totalidad de la región y según el censo de 2017, posee 607 534 habitantes.
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¿Cuántos diputados hay por distrito electoral?

Se integra por 500 diputados, 300 electos por mayoría relativa en los 300 distritos electorales del país (uninominales) y 200 electos por el sistema de representación proporcional (plurinominales).
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¿Cuánto gana un senador chileno?

Senado de Chile

Senado de la República de Chile
Inicio de sesiones 11 de marzo de 2022
Límite 8 años, con posibilidad de reelección una sola vez​
Salario $ 7 012 388​
Liderazgo

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¿Cómo se elige a los Diputados?

Los diputados se eligen por distritos uninominales mientras que los senadores se eligen en fórmulas de dos por entidad federativa. Se asigna el triunfo a las fórmulas que obtuvieron el mayor número de votos sin importar el porcentaje obtenido.
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¿Cuántos Diputados en el Congreso?

Órgano del Poder Legislativo que se integra por 500 diputados y diputadas, 300 de ellos electos por el principio de mayoría relativa en igual número de distritos uninominales y 200 electos por el principio de representación proporcional, mediante el Sistema de Listas Regionales, votadas en circunscripciones
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¿Cuántos Diputados hay en el Senado?

Diputación Permanente – Presidida por el presidente del Senado, está integrada por un mínimo de 21 miembros. Le corresponde solicitar la celebración de sesión extraordinaria del Pleno ( Art.73 CE, Art.70 del Reglamento del Senado ) y velar por los poderes de la Cámara cuando ésta no esté reunida o se encuentre en el período de disolución hasta la constitución de la nueva Cámara ( Art.78 CE ).

  1. La Mesa, oída la Junta de Portavoces, fija el número total de miembros de la Diputación Permanente y su distribución entre los Grupos Parlamentarios, en proporción al número de sus integrantes ( Art.45 y siguientes del Reglamento del Senado ).
  2. Los miembros de la Diputación Permanente conservan la condición de senadores, aún después de expirado su mandato o disuelto el Senado.

La composición de este órgano fue acordada por la Mesa de la Cámara el 30 de diciembre de 2019, ​ cuando se decidió, previa a audiencia de la Junta de Portavoces y de conformidad con el Art.45 y siguientes del Reglamento, que esté integrada por 35 miembros, más el presidente del Senado,

  • Presidente del Senado
  • GP Socialista : 15 miembros
  • GP Popular : 13 miembros
  • GP ERC-EH Bildu : 2 miembros
  • GP Vasco (EAJ-PNV) : 1 miembro
  • GP Izquierda Confederal : 1 miembro
  • GP Nacionalista (JxCAT-CC/PNC) : 1 miembro
  • GP Democrático (Cs-TE-PRC) : 1 miembro
  • GP Mixto : 1 miembro
Diputación Permanente del Senado mostrar

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¿Cómo se eligen los Diputados en Chile 2022?

Elección – Por la Constitución Política de 1828 los diputados se elegían por votación directa en representación de las provincias por un periodo de 2 años reelegibles indefinidamente. Cada provincia elegía a un diputado a razón de 1 por cada 15 000 habitantes y fracción que no baje de 7000.

  • Según la Constitución Política de 1833 se elegía un diputado por votación directa por cada departamento del territorio.
  • Su periodo tenía una duración de 3 años reelegibles indefinidamente.
  • Correspondía un diputado por cada 20.000 personas y fracción superior de 10 000.
  • Con la reforma de 1874 pasó a ser un diputado por cada 20.000 personas y fracción superior de 12 000.

En 1887 un diputado por cada 30 000 habitantes y por fracción superior de 15 000. La asignación de cargos era por lista completa (1833-1874) y voto acumulativo (1874-1924). Por la Constitución Política de 1925 se elegía un diputado por votación directa por cada departamento o agrupación de departamento.

Corresponde un diputado por cada 30 000 personas y fracción superior de 15 000. Lo cual dio un total de 132 diputados en 1925 a 150 en 1970, Su periodo tenía una duración de 4 años reelegibles indefinidamente. En cada agrupación o departamento se distribuía proporcionalmente ( método d’Hondt ) los cargos electos, según los votos que cada lista obtenía.

En caso de vacancia de un escaño por muerte, incapacidad o inhabilidad y faltando más de un año para la próxima elección, se procedía a una elección complementaria para reemplazar dicha vacante. De acuerdo a la Constitución Política de 1980 la cámara baja estaba integrada por 120 miembros elegidos por votación directa por cuatro años, en representación de los 60 distritos electorales en los que se encontraba dividido el país (artículo 43.º de la Constitución Política).

Se podía reelegir en forma indefinida, sin embargo un diputado no puede ser ministro de Estado u otro cargo que lo inhabilite o poseer otro cargo de elección popular. Cada distrito elegía dos diputados de acuerdo al sistema binominal : si una lista duplicaba en votos a la lista que le sigue obtiene los dos diputados; en caso contrario, las dos listas mayoritarias eligen un diputado cada una.

Tras la reforma constitucional de 2015 que estableció 28 distritos electorales y el cambio a un sistema electoral proporcional, la nueva composición de la Cámara se aplica a partir de la nueva composición del LV periodo legislativo del Congreso Nacional de Chile electo de las elecciones parlamentarias de 2017,
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¿Cuánto gana el presidente de la Cámara de Diputados?

¿y el de los demás? Para el próximo año, se contempla que el salario del presidente pase de 108,656 pesos a 111,990. Diputados, senadores y ministros de la Corte también buscan incrementos.
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¿Qué partido tiene la mayoría en la Cámara de Diputados?

Partido Revolucionario Institucional, 71 diputadas y diputados (31 de mayoría y 40 plurinominales).
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¿Quién es el diputado de mi distrito?

Busca con tu Credencial del INE Si te es posible, acércate a su oficina de atención ciudadana, envíale un correo electrónico y hazle alguna consulta sobre sus propuestas o acciones más recientes. Aquí puedes contactar a tu representante.
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¿Cuánto tiempo dura el cargo de diputado?

Es el periodo de tiempo que dura el mandato de un rgano legislativo desde su instalacin hasta el trmino del mandato constitucional de sus integrantes. En Mxico cada legislatura dura tres aos. El ejercicio de las funciones de los diputados y las diputadas durante tres aos, es decir, una legislatura; mientras que la de los senadores y las senadoras dura seis aos, es decir, dos legislaturas.
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¿Cuántos diputados y senadores hay de Morena?

Composición por tipo de elección y Grupo Parlamentario
G.P. M.R. 1a.
MORENA 161 17
PAN 41 8
PRI 11 7

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¿Quién es el alcalde de Antofagasta 2022?

Información personal Nombre completo Jonathan Rodrigo Velásquez Ramírez Nacimiento 23 de enero de 1975 (47 años) Antofagasta, Chile Residencia Antofagasta, Chile Nacionalidad Chilena Lengua materna Español Familia Padres Mario Velásquez María Ramírez Información profesional Ocupación Político Partido político Independiente (Desde 2019) Evópoli (Hasta 2019)

Jonathan Rodrigo Velásquez Ramírez ( Antofagasta, Chile, 23 de enero de 1975 ) es un comunicador y político chileno, Desde el 28 de junio de 2021 es el alcalde de la ciudad de Antofagasta, ​ En su carrera comunicacional, fue locutor de ofertas en tiendas, radio, voz en off y presentador de un programa de televisión de farándula denominado “Plan 9”, cuestionado por su contenido y burlas a personas por su apariencia física.
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¿Cuál es el distrito de Antofagasta?

Distrito 3
Distrito electoral
Ubicación en la Región de Antofagasta
Entidad Distrito electoral
• País Chile
• Región Antofagasta
Población ( 2017 )
• Total 607 534 hab.

El tercer distrito electoral de Chile es un distrito electoral ubicado en la región de Antofagasta que elige cinco diputados para la Cámara de Diputados de Chile, ​ Está compuesto por la totalidad de la región y según el censo de 2017, posee 607 534 habitantes.
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¿Cuáles son los diputados electos 2022 Costa Rica?

Anexo:Diputados del periodo legislativo 2022-2026 en Costa Rica

Puesto Nombre Fracción
San José 1 Rodrigo Arias Sánchez Liberación Nacional
San José 2 Andrea Álvarez Marín Liberación Nacional
San José 3 Danny Vargas Serrano Liberación Nacional
San José 4 Carolina Delgado Ramírez Liberación Nacional

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