Donde Estan Los Tribunales De Familia En Santiago?
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Contents
- 1 ¿Cuántos tribunales de familia hay en Santiago?
- 2 ¿Cómo pedir una hora en el juzgado de Familia?
- 3 ¿Cómo hacer una demanda por pensión alimenticia?
- 4 ¿Cómo hacer una demanda sin abogado?
- 5 ¿Cuánto tarda en salir un regimen de visitas?
- 6 ¿Qué pasa si no me presento a una audiencia familiar?
- 7 ¿Cuánto es el minimo de pensión alimenticia en Chile 2022?
- 8 ¿Qué pasa si el papá de mi hijo no paga la pensión alimenticia?
¿Cuántos tribunales de familia hay en Santiago?
Crea los tribunales de familia Artículo 4.
- Creación de nuevos juzgados. Créanse juzgados de familia, con asiento en cada una de las siguientes comunas del territorio de la República, con el número de jueces y con la competencia que en cada caso se señala:
- a) Primera Región de Tarapacá:
- Iquique, con siete jueces, con competencia sobre la comuna de Iquique.
- b) Segunda Región de Antofagasta:
- Antofagasta, con diez jueces, con competencia sobre las comunas de Antofagasta y Sierra Gorda.
- Calama, con cinco jueces, con competencia sobre las comunas de la provincia de El Loa.
- c) Tercera Región de Atacama:
Copiapó, con cinco jueces, con competencia sobre las comunas de Copiapó y Tierra Amarilla. Vallenar, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Vallenar y Alto del Carmen.
- d) Cuarta Región de Coquimbo:
- La Serena, con cinco jueces, con competencia sobre las comunas de La Serena y La Higuera.
- Coquimbo, con cuatro jueces, con competencia sobre la misma comuna.
- Ovalle, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Ovalle, Río Hurtado, Monte Patria y Punitaqui.
- e) Quinta Región de Valparaíso:
- Valparaíso, con nueve jueces, con competencia sobre las comunas de Valparaíso y Juan Fernández.
- Viña del Mar, con siete jueces, con competencia sobre las comunas de Viña del Mar y Concón, y que tendrá, para todos los efectos legales, la categoría de juzgado asiento de Corte.
- Quilpué, con tres jueces, con competencia sobre la misma comuna.
- Villa Alemana, con tres jueces, con competencia sobre la misma comuna.
- Casablanca, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Casablanca, El Quisco, Algarrobo, de la Quinta Región, y Curacaví, de la Región Metropolitana.
- La Ligua, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de La Ligua, Cabildo, Zapallar y Papudo.
- Los Andes, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de la provincia de Los Andes.
- San Felipe, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de San Felipe, Santa María, Panquehue, Llay-Llay y Catemu.
- Quillota, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Quillota, La Cruz, Calera, Nogales e Hijuelas.
- Limache, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Limache y Olmué.
- San Antonio, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de San Antonio, Cartagena, El Tabo y Santo Domingo.
- f) Sexta Región del Libertador Bernardo O’Higgins:
- Rancagua, con diez jueces, con competencia sobre las comunas de Rancagua, Graneros, Mostazal, Codegua, Machalí, Coltauco, Doñihue, Coinco y Olivar.
- Rengo, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Rengo, Requínoa, Malloa y Quinta de Tilcoco.
- San Fernando, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de San Fernando, Chimbarongo, Placilla y Nancagua.
- Santa Cruz, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Santa Cruz, Chépica y Lolol.
- g) Séptima Región del Maule:
- Talca, con ocho jueces, con competencia sobre las comunas de Talca, Pelarco, Río Claro, San Clemente, Maule, Pencahue y San Rafael.
- Constitución, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Constitución y Empedrado.
- Curicó, con cinco jueces, con competencia sobre las comunas de Curicó, Teno, Romeral y Rauco.
- Linares, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Linares, Yerbas Buenas, Colbún y Longaví.
- Parral, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Parral y Retiro.
- h) Octava Región del Bío-Bío:
- Concepción, con diez jueces, con competencia sobre las comunas de Concepción, Penco, Hualqui, San Pedro de la Paz y Chiguayante.
- Talcahuano, con siete jueces, con competencia sobre las comunas de Talcahuano y Hualpén, y que tendrá, para todos los efectos legales, la categoría de juzgado asiento de Corte.
- Los Angeles, con cinco jueces, con competencia sobre las comunas de Los Angeles, Quilleco y Antuco.
- Yumbel, con un juez, con competencia sobre la misma comuna.
- Tomé, con dos jueces, con competencia sobre la misma comuna.
- Coronel, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Coronel y Lota.
- i) Novena Región de La Araucanía:
- Temuco, con nueve jueces, con competencia sobre las comunas de Temuco, Vilcún, Melipeuco, Cunco, Freire y Padre Las Casas.
- Angol, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Angol y Renaico.
- j) Décima Región de Los Lagos:
- Osorno, con cinco jueces, con competencia sobre las comunas de Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay y San Juan de la Costa.
- Puerto Montt, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de Puerto Montt y Cochamó.
- Puerto Varas, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Puerto Varas, Llanquihue, Frutillar y Fresia.
- Castro, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Castro, Chonchi, Dalcahue, Puqueldón y Queilén.
- Ancud, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Ancud y Quemchi, y que tendrá, para todos los efectos legales, la categoría de juzgado capital de provincia.
- k) Undécima Región de Aisén del General Carlos Ibáñez del Campo:
- Coihaique, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Coihaique y Río Ibáñez.
- l) Duodécima Región de Magallanes:
- Punta Arenas, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de la provincia de Magallanes.
- m) Región Metropolitana de Santiago:
- Puente Alto, con ocho jueces, con competencia sobre las comunas de la provincia de Cordillera.
- San Bernardo, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de San Bernardo y Calera de Tango.
- Peñaflor, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Peñaflor y Padre Hurtado.
- Talagante, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Talagante, El Monte e Isla de Maipo.
- Melipilla, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de la provincia de Melipilla, con excepción de Curacaví.
- Buin, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Buin y Paine.
- Colina, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de la provincia de Chacabuco.
- Créanse, además, los siguientes juzgados de familia, que tendrán categoría de juzgado asiento de Corte para todos los efectos legales, con asiento dentro de la Provincia de Santiago, con el número de jueces y la competencia que en cada caso se indica:
Cuatro juzgados de familia, con competencia sobre las comunas de la provincia de Santiago, con excepción de las comunas de San Joaquín, La Granja, La Pintana, San Ramón, San Miguel, La Cisterna, El Bosque, Pedro Aguirre Cerda, Lo Espejo, Pudahuel, Quinta Normal, Cerro Navia y Lo Prado.
- Dos juzgados, con diez jueces cada uno, con competencia sobre las comunas de San Miguel, San Joaquín, La Granja, La Pintana, San Ramón, Pedro Aguirre Cerda, La Cisterna, El Bosque y Lo Espejo.
- Un juzgado, con doce jueces, con competencia sobre las comunas de Pudahuel, Quinta Normal, Cerro Navia y Lo Prado.
- n) Decimocuarta Región de los Ríos:
- Valdivia, con cinco jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.
- ñ) Decimoquinta Región de Arica y Parinacota:
- Arica, con siete jueces, con competencia sobre las comunas de las provincias de Arica y Parinacota.
- o) Decimosexta Región de Ñuble:
- Chillán, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Chillán, Pinto, Coihueco y Chillán Viejo.
- Chile Art.4 Crea los tribunales de familia
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¿Cómo se accede a los tribunales de familia?
Índices: – Guía legal sobre: Enseña qué es un tribunal de familia, qué materias aborda y cómo elevar una causa. Última actualización : 08-06-2010 ¿Por qué se crearon los tribunales de familia? Para otorgar una justicia especializada para los conflictos de naturaleza familiar.
Concentrar en una jurisdicción única y especializada los asuntos de familia. Proporcionar a las partes instancias adecuadas para llegar a soluciones cooperativas. Promover soluciones pacíficas y consensuadas. Abordar los conflictos familiares en su integridad, considerando los múltiples aspectos involucrados. Para ello el juez cuenta con asesoría especializada de un consejo técnico. Garantizar que el juez tenga un conocimiento directo e inmediato de los asuntos que conoce. Procedimientos orales, flexibles, y concentrados. Otorgar mayor rapidez y eficiencia a la justicia de familia. Mejorar el acceso y aumentar la oferta de justicia.
¿Qué materias resuelven los tribunales de familia?
Adopción, Autorización de salida de menores del país, Autorizaciones judiciales a propósito de la sociedad conyugal. Bienes familiares: se tata de asegurar que la casa donde reside la familia no pueda ser vendida, hipotecada u otro, por el cónyuge dueño sin la autorización del otro. Cuidado personal (o tuición) de los hijos. Declaraciones de interdicción cuando una persona está incapacitada de administrar sus bienes. Derecho y deber de mantener una relación directa y regular con los hijos (visitas). Disenso para contraer matrimonio. Divorcio, Filiación o determinación de paternidad o maternidad. Guardas: solicitud que se hace al juez para que defina quién se hará cargo del cuidado y/o de los bienes de un niño o niña menor de 18 años, cuando sus padres han muerto o no están en condiciones de hacerse cargo de ellos. Hechos punibles o faltas imputables a menores de edad. Maltrato de niños o niñas. Medidas de protección de niños, niñas y adolescentes en caso de maltrato, abuso, o abandono, entre otros. Nulidad del matrimonio. Patria potestad: los derechos y deberes que el padre y/o la madre tienen sobre los bienes de sus hijos menores de edad. Pensión de alimentos, Separación de bienes en el matrimonio. Separación judicial. Violencia intrafamiliar, Toda otra cuestión personal derivada de las relaciones de familia.
¿Cómo se accede a los tribunales de familia? Presentando una demanda en los Tribunales de Familia. Cualquier persona puede hacerlo pero debe ser a través de un abogado. La demanda debe ser presentada por escrito y sólo en casos calificados el juez podrá autorizar su interposición de manera oral, levantando un acta para ello.
- Una vez presentada, el juez de recepción de causas realizará el control de admisibilidad, velando porque la demanda cumpla los requisitos de forma y el tribunal sea competente para ver la demanda, denuncia o requerimiento presentado.
- ¿Hay tribunales de familia en todo Chile? Si, hay en todas las comunas y regiones del país.
Sin embargo, en las comunas más pequeñas hay juzgados de letras con competencia en familia. ¿Necesito siempre un abogado para interponer una demanda? Sí, se necesita siempre un abogado para demandar, salvo que el juez haga una excepción por motivos fundados o que se trate de un procedimiento especial como la aplicación de medidas de protección; el procedimiento relativo a violencia intrafamiliar; actos no contenciosos y procedimiento contravencional.
Si no puede contratar un abogado, puede solicitar asesoría jurídica gratuita al consultorio de su comuna de la Corporación de Asistencia Judicial, ¿Cuál es el procedimiento de los tribunales de familia? Todos los procedimientos contemplan dos audiencias; una audiencia preparatoria y otra de juicio, que se caracterizan por ser orales y siempre con la presencia del juez y las partes.
Existen 3 tipos de procedimientos, uno ordinario y dos especiales, el de aplicación de medidas de protección y el de violencia intrafamiliar. ¿Cómo es el procedimiento ordinario? Una vez interpuesta la demanda, el juzgado debe fijar la primera audiencia o audiencia preparatoria en el más breve plazo y notificar a las partes.
El demandado debe contestar la demanda con al menos cinco días de anticipación de la audiencia preparatoria. A esta audiencia deben asistir el demandante y el demandado acompañados de sus abogados. En ella, las partes hacen una síntesis de la demanda y la contestación; el juez resuelve sobre las medidas cautelares, promueve si es factible la resolución del conflicto mediante la mediación o la conciliación; determina el asunto del juicio, qué hechos hay que probar y cuáles no, recibe los datos de los testigos que presentará cada parte y la indicación de las demás pruebas que rendirán las partes y fija una segunda audiencia.
La audiencia de juicio (segunda audiencia y principal) debe realizarse en un plazo no superior a los 30 días desde la preparatoria. Las partes concurren personalmente con su abogado y presentan sus pruebas ante el juez (testigos, documentos, otros). Al final de ella el juez debe comunicar a las partes su resolución, sin perjuicio que fije otra audiencia para la lectura del fallo.
El procedimiento ordinario se aplica en todos los casos en que la ley no establece un procedimiento especial. ¿Qué se entiende por mediación familiar? La mediación familiar es un sistema de resolución de conflictos a que llegan las partes, ayudadas por un tercero imparcial llamado mediador familiar. El mediador los ayuda a obtener una solución que surja de ellos mismos, a través de sesiones realizadas fuera del tribunal, en un ambiente que favorece el entendimiento.
Es un procedimiento voluntario, aunque en algunas materias es un trámite obligatorio para poder interponer la respectiva demanda. El acuerdo a que lleguen las partes debe ser sometido a un paso final de aprobación del tribunal de familia. ¿En qué casos la mediación familiar es obligatoria? En los casos de pensiones de alimentos, cuidado personal de los hijos (tuición) y relación directa y regular con los hijos (régimen de visitas), el tribunal los derivará a un mediador que intervendrá para que las partes logren un acuerdo que ponga término al conflicto sin necesidad de llegar a juicio.
Debe ser financiada por las partes y su valor máximo será determinado por arancel que fije el Ministerio de Justicia. Será gratuito para las personas de escasos recursos o que sean patrocinadas por la Corporación de Asistencia Judicial u otra entidad de asistencia jurídica gratuita.
Para los casos de mediación obligatoria (casos de pensiones de alimentos, cuidado personal de los hijos (tuición) y relación directa y regular con los hijos (visitas):
Es gratuita, y excepcionalmente podrá cobrarse por el servicio, total o parcialmente, cuando los usuarios dispongan de recursos para financiarlo. Para ello se considerará el nivel de ingresos, la capacidad de pago y el número de personas del grupo familiar.
¿Existe algún organismo que fiscalice el cumplimiento de las resoluciones judiciales? Sí, ahora los tribunales de familia cuentan con unidades de cumplimiento o de ejecución encargadas de hacer cumplir las resoluciones judiciales. Con ello se evita que una sentencia quebrantada reingrese al juzgado como una nueva causa.
- Por ejemplo, si una persona no cumple con el pago de pensión alimenticia, el tribunal declarará el pago ejecutivo de ese dinero a través de esta unidad especializada.
- ¿Cuándo empezó a regir la Nueva Justicia de Familia y que modificaciones introdujo la ley 20.286? El 1° de octubre de 2005 ( Ley N° 19.968 ) comenzó a regir la ley que crea los tribunales de familia.
La implementación de los nuevos juzgados evidenció una serie de aspectos que debieron ser revisados y adaptados. Mediante la Ley N° 20.286 de 15 de septiembre de 2008, se introducen modificaciones orgánicas y de procedimiento. Se trata de lograr una mejor organización y gestión de los tribunales de familia, al igual que procedimientos más expeditos y acordes con los requerimientos específicos que requiere la justicia de familia.
Aumentó el número de jueces (95 más), funcionarios y administrativos (640 más). Se reforzaron los juzgados de letras con competencia común en comunas más pequeñas. Se crearon unidades de cumplimiento o ejecución para cada tribunal Se crearon los cargos de jefe de unidad de servicios en todos los juzgados de familia del país, y el de jefe de unidad de causas, en los juzgados de mayor tamaño. Se hace obligatoria la mediación para las causas sobre pensiones de alimentos, cuidado personal (tuición) y relación directa y regular (régimen de visitas). Se hace obligatoria la mediación para las causas más demandadas: pensiones de alimentos, cuidado personal (tuición) y relación directa y regular (régimen de visitas). Esta mediación se hará en forma gradual en las distintas regiones. Obligación de comparecencia patrocinada por un abogado, salvo que el juez lo exceptúe expresamente por motivos fundados o que se trate de un procedimiento especial como la aplicación de medidas de protección; el procedimiento relativo a violencia intrafamiliar; actos no contenciosos y procedimiento contravencional. Establecimiento de nuevos “filtros” para la admisibilidad de denuncias, demandas y requerimientos. Escrituración de la demanda de la contestación y reconvención ante el tribunal.
¿Qué tribunales conocen asuntos de familia?
¿Por qué se crearon los juzgados de familia? – Los juzgados de familia se crearon con el objetivo de otorgar justicia especializada para los conflictos de naturaleza familiar. De acuerdo a esto, los objetivos específicos que se tuvieron en cuenta para su creación fueron los siguientes:
- Concentrar en una jurisdicción única y especializada los asuntos de familia.
- Proporcionar a las partes instancias adecuadas para llegar a soluciones cooperativas. Promover soluciones pacíficas y consensuadas.
- Abordar los conflictos familiares en su integridad, considerando los múltiples aspectos involucrados. Para ello el juez cuenta con asesoría especializada de un consejo técnico.
- Garantizar que el juez tenga un conocimiento directo e inmediato de los asuntos que conoce. Procedimientos orales, flexibles, y concentrados.
- Otorgar mayor rapidez y eficiencia a la justicia de familia.
- Mejorar el acceso y aumentar la oferta de justicia.
¿Qué atienden los juzgados de familia?
– Los Juzgados de Familia son competentes para entender en materia civil, en forma exclusiva, en el conocimiento, sustanciación y resolución de las siguientes causas: a)Separación personal y divorcio b)Inexistencia y nulidad del matrimonio.
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¿Cómo pedir una hora en el juzgado de Familia?
Corporación Administrativa del Poder Judicial refuerza el uso del sistema en línea para reservar horas de atención en los juzgados de familia del país 18-mayo-2022 Video Para reservar una hora, el usuario o usuaria debe ingresar al sitio http://reservasonline.pjud.cl/.
Ahí utilizando su rut y correo electrónico, para luego seleccionar la región donde se encuentra, a qué tribunal asistirá, el trámite que realizará y el horario y fecha que más le acomode. La Corporación Administrativa del Poder Judicial, a través del Departamento de Desarrollo Institucional, implementó el año 2017 una plataforma que ofrece a los usuarios y usuarias la posibilidad de agendar con anticipación el horario de atención para la realización de trámites simples en los Juzgados Especializados de Familia a nivel nacional y en el Centro de Atención de Asuntos de Familia de Santiago.
Gracias a la plataforma, los usuarios y usuarias no tendrán que hacer filas para esperar su turno, sino que a través del sitio, el cual se encuentra disponible las 24 horas del día y los 7 días de la semana, reservando con antelación su hora de atención.
Este servicio es uno más que se suma a todas las vías de atención al usuario y usuaria que actualmente existen en el Poder Judicial y que se mantienen disponibles para la comunidad. Además, en busca de mejorar las condiciones de acceso a la justicia, la plataforma se encuentra disponible en tres idiomas: español, inglés y francés. ¿Cómo reservar una hora en línea?
Para reservar una hora, el usuario o usuaria debe ingresar al sitio, Ahí utilizando su rut y correo electrónico, para luego seleccionar la región donde se encuentra, a qué tribunal asistirá, el trámite que realizará y el horario y fecha que más le acomode.
En caso de ser extranjero, tendrá que marcar la casilla correspondiente y sólo se le solicitará su correo electrónico en la pantalla de inicio. Ya realizada la reserva, automáticamente llegará un mensaje al correo electrónico registrado, en donde se detallarán los documentos y antecedentes necesarios para realizar el trámite.
Finalmente, con la reserva ya hecha, sólo deben acercarse al tótem de atención de público disponible en el tribunal y digitar su Rut. De esta forma, se anuncia la llegada y serán atendidos a la brevedad. : Corporación Administrativa del Poder Judicial refuerza el uso del sistema en línea para reservar horas de atención en los juzgados de familia del país
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¿Cómo hacer una demanda por pensión alimenticia?
8.3. ¿Aplica también la Mediación Obligatoria en estos casos? – Sí. Para poder presentar una demanda de aumento, rebaja o cese de pensión de alimentos, quien tiene interés en demandar debe acudir al Tribunal de Familia correspondiente a su domicilio y solicitar que se cite a mediación familiar.
Es importante tener en cuenta que la mediación es obligatoria, sea pública o particular. La mediación pública no tendrá costo para aquellas personas que tengan un ingreso autónomo per cápita inferior o igual a $884.961 pesos chilenos. Las demás personas pueden acceder a centros privados de mediación, los que no pueden tener un cobro superior a los $88.000 por sesión (individual o conjunta).
Para solicitar la mediación pública debes agendar una hora en el Portal de Usuarios de Mediación Familiar, Una vez allí, deberás ingresar tu Clave Única y la información que soliciten.
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¿Cuánto dura una audiencia familiar?
Las audiencias usualmente duran de dos a cuatro horas dependiendo de la complejidades del caso y si están involucrados abogados o testigos.
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¿Cómo hacer una demanda sin abogado?
Si usted reclama por una cuantía igual o inferior a 2.000 euros, puede interponer una demanda en su propio nombre, sin necesidad de ser asistido por un abogado ni por un procurador. Se recomienda que fundamente debidamente la demanda adjuntando la documentación en la que base su petición.
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¿Cuánto tarda en salir un regimen de visitas?
6. Me separé y no me dejan ver a mi hijo, ¿qué puedo hacer? – Más que un derecho de los padres, es un derecho de los hijos ver a sus padres (independientemente de que estén casados o no), dado que repercute en su desarrollo emocional. Es por ello que el régimen de visitas se le brinda al padre que no obtuvo la tenencia del niño.
- Existen dos opciones que puede realizar el padre para que le permitan ver a sus hijos.
- Veamos: Acuerdo conciliatorio: Se recurre a un Centro de Conciliación para que un conciliador ayude a los padres a decidir sobre cuál será el régimen de visitas.
- Si uno de los padres no asiste a las reuniones o, a pesar de la orientación del conciliador, no se logra un acuerdo para determinar el régimen de visitas.
¿Cómo inicio este proceso? Puede darse de dos formas: (i) Acude directamente a un Centro de Conciliación para que citen al otro padre hasta en 2 fechas a efectos de llegar a un acuerdo, o (ii) si hay un mejor entendimiento, ambos padres se dirigen a un Centro de Conciliación para que se firme un acuerdo con la orientación de un conciliador.
- Juicio de régimen de visitas: Si consideras que es imposible llegar a un acuerdo con el otro cónyuge, puedes interponer una demanda por régimen de visitas.
- En este caso, será el juez quien decidirá sobre los días y en qué circunstancias el padre que no viva con los hijos puede visitarlos.
- El plazo de este tipo de juicios suele ser entre 4 a 5 años.
Sin embargo, a través de una medida cautelar, mientras dure el juicio puede solicitar al juez que le permita ver a sus hijos. En esta medida cautelar, el juez establecerá cuáles serán los días y rangos de horas en los que por el momento podrá ver a sus hijos.
Este tipo de demandas se interponen ante el juez de familia y, como mínimo, deberás adjuntar copia certificada de la partida de tus menores hijos y la copia de tu DNI. Finalmente, es importante que sepas que en algunos casos se puede iniciar un juicio de violencia familiar psicológica. Este juicio, no necesariamente lleva a una solución sobre el régimen de visitas sino lo que busca es que se reconozca y se sancione al padre o la madre que ocasionó un daño al impedir las visitas.
Este juicio también dura aproximadamente 4 a 5 años.
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¿Qué pasa si no me presento a una audiencia familiar?
¿ Qué sucede si no asisto a la audiencia o no participo en los procedimientos? Tiene derecho a retirar su solicitud de audiencia en cualquier momento.
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¿Qué rol le cabe al juez o tribunal de familia en el proceso de familia?
El juez de familia debe desarrollar una tarea hermenéutica finalista y previsora de lo que eventualmente pueda sobrevenir, a fin de impedir que se agudicen los conflictos anteriores o se susciten inéditos en el futuro.
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¿Qué días atiende Juzgado de familia?
El horario de funcionamiento del juzgado se extenderá de lunes a viernes desde las 9:00 a las 13:00 horas, y sábado de 9.00 a 12:00.
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¿Cómo trabajan los Juzgados familiares esta semana?
Calendario de Juzgados Pares y Nones de la CDMX 2022
En pasantesdf podrás revisar todos los días el calendario de juzgados para la CDMX 2022. Éste se actualiza cada a diario, consulta los días laborales para los juzgados pares y nones de la CDMX. El horario laboral habitual del los juzgados de la CDMX es de 9:00 a 15:00 horas de lunes a jueves, y de 9:00 a 14:00 horas los días viernes. El Poder Judicial de la Ciudad de México pone a disposición del publico en general, el calendario de juzgados para la CDMX 2022.
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¿Cómo hacer una demanda de visitas?
Permite solicitar orientación y asesoría jurídica ante la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) para solicitar un régimen de relación directa y regular (visitas) de un niño, niña o adolescente, Para tramitar la solicitud de régimen de relación directa y regular (visitas), el primer paso es concurrir a un proceso de mediación familiar, trámite que es obligatorio.
- Revise cómo realizar la solicitud de mediación,
- Si es que se llega a acuerdo, este se envía al Tribunal de Familia para su aprobación.
- Los acuerdos alcanzados en mediación tienen la misma fuerza obligatoria que una sentencia dictada por un juez o jueza.
- Si es que no se llega a acuerdo en mediación, o si es que una de las partes derechamente no se presenta al proceso, el centro de mediación emite un certificado de mediación frustrada, que le permite presentar una demanda de Relación Directa y Regular.
La Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) puede asumir la representación judicial en estos casos. El trámite está disponible durante todo el año en oficinas de la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ), A todos los padres y madres que no ejercen el cuidado personal directo y su hijo o hija; también se hace extensivo a los parientes del niño, niña o adolescente.
- El artículo 48 de la Ley de Menores lo permiten también a otros familiares, como abuelos, abuelas, hermanos y hermanas.
- Para el patrocinio o firma de un abogado o abogada y tramitación de juicio, pueden acceder aquellas personas que cumplan con los criterios socioeconómicos o pertenezcan a grupos definidos como vulnerables.
Obtenga más información, La determinación de un régimen de relación directa y regular (visitas) tiene como objetivo mantener el vínculo familiar de forma constante, a través de un contacto periódico y estable entre el padre, madre o familiar que no ejerce el cuidado personal directo del niño, niña o adolescente.
- Cédula de identidad.
- Certificado de nacimiento del niño, niña o adolescente con los cuales se pretende mantener relación directa y regular.
- Certificado que acredite parentesco con el niño, niña o adolescente.
- Certificado de mediación frustrada.
- Nombre completo, domicilio, profesión u oficio del demandado o demandada.
- ClaveÚnica entregada por el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
Importante : Para tramitar la solicitud de régimen de relación directa y regular, el primer paso es concurrir a un proceso de mediación familiar, trámite que es obligatorio. Revise cómo realizar el trámite de mediación, La asesoría y defensa por parte del abogado o abogada especialista en la materia se desarrollará durante toda la tramitación del juicio.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la Corporación de Asistencia Judicial correspondiente a su región:
- CAJ de Tarapacá (con competencia en las regiones de Arica y Parinacota, de Tarapacá y Antofagasta).
- CAJ de Valparaíso (con competencia en las regiones de Atacama, Coquimbo y Valparaíso).
- CAJ Metropolitana (con competencia sobre las regiones de O’Higgins, Maule, Magallanes y Metropolitana). En este caso, puede solicitar asesoría e información a través del sitio web o solicitar una hora de atención solo para esta CAJ,
- CAJ del Biobío (con competencia sobre las regiones de Biobío, Araucanía, de los Lagos, Aisén, Ñuble y de los Ríos).
- Explique el motivo de su visita: solicitar asesoría para obtener un régimen de relación directa y regular (visitas).
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la asesoría. Si cumple con los requisitos de calificación, se le asignará un abogado o abogada especialista en materia de familia.
– Instrucciones contacto telefónico – Instrucciones trámite por Email – Instrucciones trámite en el Consulado Para orientación e información, la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) entrega el servicio de forma gratuita a todas las personas naturales.
Para el patrocinio o firma de un abogado o abogada y tramitación de juicio, la CAJ proporciona el apoyo de forma gratuita a personas de escasos recursos que no cuenten con los medios suficientes para costearlos. Para ello, realiza una evaluación socioeconómica por intermedio de un o una asistente social, quien determinará si puede ser representado o representada judicialmente por un o una profesional de la CAJ.
Obtenga más información,
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¿Cuánto es el minimo de pensión alimenticia en Chile 2022?
¿Cuál es el monto de la Pensión de Alimentos en Chile? El monto es variable, ya que depende de los ingresos de quien paga el derecho a sus hijos. Por ejemplo, si es un solo hijo, este monto no puede ser menor al 40 por ciento de un ingreso mínimo remuneracional, es decir, de $103.000 aproximadamente.
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¿Cuánto dinero tiene que dar un padre a su hijo?
La forma de calcular la pensión se basa en el monto mínimo que es un 15% ( por hijo ) de las percepciones del tutor, no obstante el juez puede hacer el cálculo económico dependiendo de cada situación como la zona donde habita la pareja demandada, número de hijos.
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¿Qué pasa si el papá de mi hijo no paga la pensión alimenticia?
Como es sabido por todos, debido a la referida contingencia, muchas personas han perdido su empleo o visto disminuidos notoriamente sus ingresos, lo que ha complicado o imposibilitado el pago de pensiones alimenticias. Por ello, en el presente artículo se abordará de forma somera el tema coyuntural sobre incumplimiento del pago de las pensiones alimenticias, derivado de pérdida de empleo a causa de la contingencia sanitaria por el Covid-19.
En principio, se indica que el derecho a percibir alimentos alcanza un conjunto de prestaciones. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento. La obligación alimentaria consiste en un pago en dinero o en la incorporación a la familia.
El pago de alimentos se conviene mediante un acuerdo ante la presencia judicial, o bien, se determina por resolución judicial. El pago de alimentos es un derecho de los menores y una obligación de sus padres.
- ¿Qué rubros abarca? Alimentación (comida, despensa), salud, vivienda, educación, recreación.
- ¿Cómo se calculan? Con base en las necesidades de quién deba recibirlos y en la capacidad económica de quien deba darlos.
- ¿Quién tiene derecho de recibirlos? Cónyuges, concubinos, hijos menores de edad o siendo mayores que sigan estudiando, padres.
- ¿Quién está obligado a darlos? Cónyuges y concubinos entre sí, los padres a los hijos, los hijos a los padres.
Es importante señalar que, para la determinación del pago de alimentos, forzosamente deben considerarse dos cuestiones: la primera, establecer un incremento automático anual, por lo menos equivalente a la inflación; y la segunda, determinar de qué forma se garantiza la obligación alimentaria.
Esta garantía puede consistir en otorgar una fianza por un monto equivalente a un año de pensión alimenticia, mediante hipoteca, prenda, o bien, con los derechos laborales del obligado, es decir, en caso de renuncia o despido, el patrón deberá retener un porcentaje del finiquito o liquidación del obligado y entregarlo directamente a los acreedores alimentarios.
La garantía de alimentos cubre las pensiones alimenticias hasta donde alcance, por lo que, durante ese tiempo, el deudor alimentario no está obligado a pagar alimentos sino hasta que se agote la garantía. Los acreedores alimentarios tendrán derecho preferente sobre los ingresos y bienes de quien tenga dicha obligación, respecto de otra calidad de acreedores.
Esto significa que, ante la falta de pago de alimentos, los acreedores pueden ejecutar la garantía otorgada, o bien, embargar salarios, bienes muebles o inmuebles del deudor, teniendo preferencia frente a otros acreedores. Ahora bien, para el caso de que un obligado al pago de alimentos deje de hacerlo, se debe ponderar cuáles son las causas del incumplimiento, distinguiendo dos supuestos: el primero, a voluntad del deudor, sin causa justificada; y el segundo, por causas ajenas a la voluntad del deudor.
En el primer supuesto (sin causa justificada), debe decirse, en principio, que los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos, pero a falta o por imposibilidad de éstos, la obligación recae en los demás ascendientes por ambas líneas que estuvieren más próximos en grado (abuelos, por ejemplo).
- Pérdida de la patria potestad, por resolución judicial, en el caso de incumplimiento de la obligación alimentaría por más de 90 días.
- Inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, por orden judicial, en el caso de incumplimiento de la obligación alimentaría por un periodo de 90 días.
Las sanciones legales penales para los obligados que incumplen sin causa justificada al pago de alimentos, son:
- De 3 a 5 años de prisión y de 100 a 400 días de multa, además de la suspensión o pérdida de los derechos de familia, y pago como reparación del daño a las cantidades no suministradas oportunamente (este tipo de delito se sigue por querella o a instancia de parte, no se sigue de oficio).
- Para el caso de que la persona legitimada para ello otorgue el perdón, sólo procederá si el obligado paga todas las cantidades que hubiere dejado de proporcionar por concepto de alimentos y otorgue garantía cuando menos por el monto equivalente a un año.
Lo anterior, sin perjuicio de que pueda configurarse el delito de violencia familiar (violencia económica). En el segundo supuesto (por causa justificada), la ley expresamente señala que se suspende o cesa la obligación de dar alimentos cuando el responsable de la pensión alimenticia carece de medios para cumplirla,
Esto puede ser perfectamente aplicado al caso de análisis en este artículo, es decir, a causa de que el deudor alimentario se haya quedado sin empleo o sus ingresos hayan disminuido notoriamente debido a la contingencia sanitaria por Covid-19. La anterior determinación legal obedece al principio jurídico respecto a que a lo imposible nadie está obligado, conocido también bajo la locución latina ad impossibilia nemo tenetur,
Tal principio es una excluyente de responsabilidad para el cumplimiento de obligaciones. Finalmente, como en todo lo que involucra temas legales, cada caso debe analizarse de forma particular. Como pudimos observar en este repaso general sobre alimentos, existen diversos factores que involucran su cálculo, pago y forma de garantizarlos ante un incumplimiento.
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¿Cuántos tribunales civiles hay en Santiago?
En la Región Metropolitana de Santiago existirán los siguientes juzgados de letras: JUZGADOS CIVILES : Treinta juzgados de letras en lo civil, con asiento en la comuna de Santiago, con jurisdicción sobre la provincia de Santiago, con excepción de las comunas de San Joaquín, La Granja, La Pintana, San Ramón, San Miguel,
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¿Cuántos tribunales hay en RD?
Tribunales de Jurisdicción Original. – Son Tribunales unipersonales que constituyen el primer grado del Registro Inmobiliario. Todo Tribunal de Jurisdicción Original se encuentra dentro de la jurisdicción de un Tribunal Superior de Tierras. Gozan de plenitud de jurisdicción dentro del distrito judicial al que pertenecen.
- Estos Tribunales conocen en primera instancia de todas las acciones que sean de la competencia de la Jurisdicción Inmobiliaria, mediante el apoderamiento directo por parte del interesado y de acuerdo a su delimitación territorial.
- En la actualidad existen veintitrés (23) Tribunales de Jurisdicción Original.
En ciertos Distritos Judiciales, los Tribunales de Jurisdicción Original están divididos en salas:
En el Distrito Nacional existen seis salas.En la provincia de Santiago de los Caballeros existen dos salas.En la provincia de La Vega existen dos salas.En la provincia de San Francisco de Macorís existen dos salas.
¿Cuántos tribunales hay en Chile?
Poder Judicial – Tribunales del País El Poder Judicial está conformado por más de 450 tribunales que desarrollan su trabajo a lo largo y ancho del país. En la parte superior se encuentra la Corte Suprema, tribunal que ejerce la superintendencia directiva, correccional y económica de todos los tribunales que conforman el Poder Judicial.
Asimismo, la Corte Suprema ejerce la superintendencia aludida sobre otros tribunales que no son parte de su estructura administrativa, como el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, el Tribunal de la Contratación Pública, los Tribunales Medio Ambientales, el Tribunal de Propiedad Industrial y los Juzgados de Policía Local.Para la administración de justicia en todos los rincones del país, la actuación del Poder Judicial se divide, espacialmente, en 17 territorios jurisdiccionales, que son encabezados por una Corte de Apelaciones en cada uno de ellos, situadas en las ciudades de Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó, La Serena, Valparaíso, Santiago, San Miguel, Rancagua, Talca, Chillán, Concepción, Temuco, Valdivia, Puerto Montt, Coyhaique y Punta Arenas.Son parte del Poder Judicial los juzgados de letra con competencia mixta, los tribunales civiles, los juzgados de garantía, los tribunales de juicio oral en lo penal, los juzgados de familia, los juzgados de letras del trabajo y los juzgados de cobranza laboral y previsional, situados tanto en las ciudades que son asiento de Corte de Apelaciones, como en las capitales de provincia y en las comunas o agrupaciones de comunas.
Última actualización: 21-06-2020 12:06:52 : Poder Judicial – Tribunales del País
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¿Dónde puedo conseguir un juez de Familia?
Comisaría de Familia más cercano al lugar de residencia del niño, niña o adolescente. Notarias. Centros de Conciliación de Universidades o Privados, legalmente autorizados por la ley.
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