Que Es El Plan Regulador Metropolitano De Santiago?
El Plan Regulador Metropolitano es el resultado de un diagnóstico participativo de las entidades públicas y privadas, que han contribuido con puntos de vista específicos, permitiendo de esta manera un escenario de planificación comprometido para: Elevar las condiciones de vida de los residentes de Santiago.
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¿Qué es el Plan Regulador Metropolitano?
¿Qué es un Plan Regulador Intercomunal? – La Ley General de Urbanismo y Construcciones en su artículo 34, lo define así: Se entenderá por Planificación Urbana Intercomunal aquella que regula el desarrollo físico de las áreas urbanas y rurales de diversas comunas que, por sus relaciones, se integran en una unidad urbana.
- Cuando esta unidad sobrepase los 500.000 habitantes, le corresponderá la categoría de área metropolitana para los efectos de su planificación.
- La Planificación Urbana Intercomunal se realizará por medio del Plan Regulador Intercomunal o del Plan Regulador Metropolitano, en su caso, instrumentos constituidos por un conjunto de normas y acciones para orientar y regular el desarrollo físico del área correspondiente.
Las disposiciones de los artículos siguientes, referentes al Plan Regulador Intercomunal, regirán igualmente para los Planes Reguladores Metropolitanos.
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¿Cómo funciona el Plan Regulador Comunal?
El Plan Regulador es un instrumento constituido por un conjunto de normas sobre adecuadas condiciones de higiene y seguridad en los edificios y espacios urbanos, y de comodidad en la relación funcional entre las zonas habitacionales, de trabajo, equipamiento y esparcimiento.
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¿Qué importancia tiene el Plan Regulador Comunal?
El plan regulador – Las construcciones que se edifican en Chile se encuentran condicionadas tanto por los lineamientos que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones como también por normativas locales que son propias de cada comuna, denominadas Planes Reguladores Comunales.
- Para comenzar, hablemos del instrumento como tal.
- El llamado “Plan Regulador” es un instrumento de planificación que orienta, fomenta y regula el desarrollo urbanístico del territorio de una comuna.
- Reúne un conjunto de normas aplicables para espacios urbanos y edificaciones, las cuales regulan las condiciones de higiene y seguridad.
Gracias a esto, se podrán determinar en un futuro en qué parte de una comuna se podrían instalar restaurantes, farmacias, instituciones académicas, jardines infantiles, centros de salud, locales comerciales, supermercados, etc. Esto puede significar la modificación de la plusvalía de la propiedad que queremos adquirir, por lo que es muy importante estar en conocimiento del Plan Regulador en la comuna que escojas.
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¿Qué es el Plan Regulador Comunal en Chile?
Plan Regulador Comunal de Chile
- Instrumento constituido por un conjunto de normas sobre las condiciones de higiene y seguridad en los espacios urbanos y edificios de la comuna.
- Este documento, además, contiene las disposiciones sobre el uso de suelo o zonificación; localización del equipamiento comunitario; jerarquización de la estructura vial; fijación de límites urbanos; densidades y determinación de prioridades en la urbanización de terrenos para la expansión de la ciudad, en función de la factibilidad de ampliar o dotar de redes sanitarias y energéticas; y demás aspectos urbanísticos.
- El Plan Regulador debe contener:
- a) una memoria explicativa
- b) un estudio de factibilidad para ampliar/dotar de condiciones de urbanización
- c) ordenanza local
- d) planos que expresen gráficamente las disposiciones sobre uso de suelo, zonificación, equipamiento, relaciones viales, límite urbano, áreas prioritarias de desarrollo urbano
: Plan Regulador Comunal de Chile
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¿Cuánto dura un Plan Regulador Comunal?
¿Qué es un Plan Regulador Comunal (PRC)? Es una herramienta gestionada por el Municipio, que permite ordenar y planificar el territorio de la comuna mediante un conjunto de normas que fijan los diversos usos y condiciones de edificación que tendrán los terrenos.
- Un PRC define por ejemplo si una zona tendrá un uso comercial o de viviendas, y de cuántos pisos podrá ser su construcción.
- Del mismo modo especifica el límite urbano de la comuna, las calles y sus categorías, los espacios de uso público y plazas, y la ubicación de los equipamientos comunitarios tales como establecimientos educacionales, de salud, recreación, etc.
Dicha herramienta está definida en el art.41º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y se compone de: – Memoria Explicativa que explica el desarrollo del plan. – Ordenanza que indica las normas que conlleva. – Planos donde se grafican las diferentes condiciones. ¿Cómo es el proceso de aprobación de un Plan Regulador Comunal (PRC)? Un Plan Regulador Comunal debe ser elaborado por el equipo técnico Municipal. La propuesta debe ser informada al Concejo y posteriormente consultada al CESCO. En la primera etapa llamada de Información, se abre el proceso de Participación Ciudadana donde los vecinos mediante audiencias públicas, exposición del proyecto y observaciones por escrito a éste, pueden manifestar sus inquietudes, consultas o propuestas ciudadanas al plan.
En esta etapa también se debe presentar el proyecto a la CONAMA para obtener la calificación que indique que la propuesta cumple con todos los requisitos ambientales que exige la legislación vigente. En la segunda etapa de Aprobación, y una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental de la CONAMA y realizada una Audiencia Pública de Consulta, el Alcalde presenta la propuesta con todos los posibles cambios al Concejo Municipal quien aprueba finalmente el Plan Regulador.
Finalmente, el proyecto aprobado se ingresa a la Secretaría Regional Ministerial del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, para obtener su Informe Favorable y proceder a la Promulgación Municipal mediante Decreto Alcaldicio. El paso final y con el que el Plan entra en vigencia y puede ser aplicado, es la publicación en el Diario Oficial.
Para mayor clarificación, se presenta a continuación una lámina de la SEREMI MINVU donde se ordenan los diferentes pasos del proceso. ¿Cuánto dura un proceso de modificación de un Plan Regulador Comunal (PRC)? El proceso completo de modificación de un Plan Regulador Comunal que conlleva la elaboración de la propuesta, la aprobación Municipal (que requiere la Calificación CONAMA) y el informe SEREMI MINVU, abarca aproximadamente un plazo de 5 años.
¿Cuál es la unidad Municipal encargada de hacer y aprobar el PRC? Según la Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, es el MUNICIPIO la entidad que tiene la obligación y atribución legal de hacer y mantener actualizado su Plan Regulador Comunal.
La Unidad a cargo es la ASESORIA URBANA, que depende de la Secretaria de Planificación Comunal, SECPLA. Plan Regulador Comunal de La Florida, PRC 1968 El primer Plan Regulador Comunal de La Florida, PRC 1968, fue aprobado por DS Nº 663 del 20.09.1968. Incluyó el territorio urbano y de extensión urbana vigente a esa fecha e incorporó las normas del Plan Regulador Intercomunal de Santiago, PRIS, de 1960.
Posteriormente, se ha modificado continuamente, con el objeto de acoger los cambios y movimientos de la dinámica urbana metropolitana. Dichas modificaciones son: Plan Regulador Comunal, PRC 2001: – Aprobado por Resolución Gobierno Regional Nº 47 del 06.12.2000 y publicado en el Diario Oficial el 17.09.2001 – Rectificado por Resolución Gobierno Regional Nº 80 del 7.11.2001 y publicado en el Diario Oficial de fecha 12.01.2002 Incluye la totalidad del territorio urbano comunal e incorpora las normas del Plan Regulador Metropolitano de Santiago, PRMS, de 1994.
Deja sin efecto el PRC de 1968. Modificación Nº 1 PRC, Sector Centro y polígonos A, B, C, D y E, mayo 2007 – Promulgada por Decreto Alcaldicio Nº 430 del 18.05.2007 – Publicada en Diario Oficial con fecha 26.05.2007 Se refiere al Sector Centro de comuna, donde se concentran las actividades cívicas y de servicios de La Florida.
Se sitúa en el entorno del Paradero 14 (intersección de Vicuña Mackenna, Américo Vespucio y Walker Martínez). Incluye también, 5 modificaciones puntuales de otros sectores de territorio comunal. Modificación Nº 2 PRC, Enmiendas al Plan Regulador Comunal, julio 2006.
Promulgada por Decreto Exento Nº 393/200 del 13.06.2006 -Publicada en Diario Oficial de fecha 05.07.2006 Introduce ajustes parciales a las normas de edificación de varias zonas. Modificación Nº 3 PRC, Plan Vial Comunal, diciembre 2008. -Promulgada por Decreto Exento 60 del 4 de febrero de 2009 -Publicado en Diario Oficial de fecha 09 de febrero de 2009.
-Rectificado por Decreto Exento Nº 202 del 23 de febrero de.2009 -Publicado el Diario Oficial de fecha 04 de marzo de 2009. Se refiere sólo a la vialidad comunal. Revisa y modifica la vialidad estructurante de la comuna, teniendo en consideración lo señalado en el Art.59 de la Ley de Urbanismo y Construcciones, que establece la caducidad de la Declaratoria a Utilidad Pública de las vías.
Modificación Nº 4 PRC, Enmienda al Plan Regulador Comunal Zona ESP-2. -Promulgada por Decreto Exento Nº 832 del 05.nov.2007 -Publicada en Diario Oficial con fecha 30.nov.2007 Se refiere sólo al terreno donde se ubicará el Hospital de La Florida denominada Zona ESP-2. Genera ajustes normativos para permitir la cabida al edificio del establecimiento de salud.
Modificación Nº 5 PRC, Uso de Subsuelo, Adecuación y Actualización Normativa. -Promulgada por Decreto Exento Nº 766 del 11 de Marzo de 2013. -Publicada en Diario Oficial de fecha 19 de Marzo de 2013. Se refiere a la Definición de Ubicación y Normativa para Uso de Subsuelo de los Bienes Nacionales de Uso Público (BNUP), adecuación de la ordenanza local a las disposiciones de la OGUC, actualización de zonificación en diversos puntos de la comuna y ajuste de algunas normas específicas que han generado efectos no previstos en su aplicación.
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