Donde Hay Un Chileatiende En Santiago?
Dirección de las oficinas de ChileAtiende en Santiago Centro Para teléfonos y atención al cliente: click aquí Active la ubicación para ver las más cercanas a usted: Activar Ubicacion Sucursal Santo Domingo Teatinos 601 a 520 Mts. Plaza de Armas. Ver horarios, teléfonos e info completa
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¿Cómo puedo hablar con un ejecutivo de ChileAtiende?
¿Cómo puedo contactarme con ChileAtiende? Para resolver tus dudas sobre los beneficios y servicios entregados por el Estado, busca en nuestro sitio web. Aquí encontrarás información clara y detallada sobre los trámites, beneficios y servicios del Estado.
También puedes llamar al call center de ChileAtiende 101, Desde el extranjero, debes marcar +56 2 2965 4000. Asimismo, puedes dirigirte a una de nuestras sucursales ChileAtiende, donde funcionarios y funcionarias altamente capacitados te entregarán orientación. ¿Qué servicios puedo solicitar en los puntos de atención IPS-ChileAtiende? Actualmente, en las sucursales ChileAtiende se encuentran disponibles beneficios y servicios entregados por 26 instituciones públicas.
¿Dónde se encuentran ubicadas las sucursales ChileAtiende? La red presencial de ChileAtiende cuenta con más de 180 oficinas a lo largo de todo el país. Para buscar la oficina más cercana a su domicilio haga clic aquí. ¿El servicio que entregan las sucursales y el portal ChileAtiende es gratuito? Sí.
No obstante, existen algunos trámites que tienen costo, según lo definido por las instituciones responsables de cada proceso. Este dato se encuentra disponible en las fichas publicadas en el sitio web de ChileAtiende, específicamente, bajo el título ¿Cuál es el costo del trámite?. ¿En sucursales es posible que otra persona realice un trámite por mí? En algunos casos esto es posible, según el beneficio o servicio.
Te sugerimos verificar los requisitos para autorizar a otra persona, en la ficha del trámite que se encuentra publicada en nuestro sitio web. ¿Qué información puedo encontrar en las fichas de trámites publicadas en el portal ChileAtiende? Descripción del trámite, a quién está dirigido (incluye los requisitos que deben cumplir), documentos requeridos, procedimiento para solicitar o acceder a los beneficios y servicios (paso a paso), costo (puede ser gratuito o tener valor), vigencia y marco legal.
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¿Qué día atiende ChileAtiende?
Comunas fase de apertura 1: atención de lunes a viernes desde las 8:30 a 14:00 horas. Comunas fase de apertura 2, 3, 4 y 5: atención de lunes a jueves desde 8:30 a 14:30 horas.
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¿Cómo saber si tengo plata en ChileAtiende?
Llame al call center de ChileAtiende 101 en estos horarios. Explique el motivo de su llamado: consultar por acreencias bancarias. Como resultado del trámite, se le informará inmediatamente si posee o no acreencias a su nombre en alguna institución financiera.
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¿Cómo se llamaba antes ChileAtiende?
Instituto de Previsión Social (Chile).
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¿Cómo hablar con un ejecutivo IPS?
¿Necesitas ayuda y orientación? Te contamos cómo contactarte con nosotros El IPS tiene distintas maneras de acercarse a sus usuarios y usuarias. Hasta este lunes 15 de mayo, como parte de una prueba piloto, en la parte inferior de este sitio web tuvimos habilitado un chat para que nos pudieras hacer consultas directas.
En ese chat, nuestra ejecutiva Rayén te respondía directamente las dudas o inquietudes que nos hacías llegar, como un complemento a la información que se entrega en este portal. Te queremos contar que ahora iniciaremos una etapa de revisión del funcionamiento de esa iniciativa piloto, para evaluar la mejor manera de implementar respuestas a nuestros usuarios y usuarias.
Nuestra ejecutiva del chat, Rayén, se encargará de analizar todas las consultas que se le hicieron llegar, para definir cómo implementamos nuevas formas de contactarnos contigo y resolver las consultas que le hagas al IPS. Además, te recordamos que tenemos los siguientes canales de contacto a los que puedes acceder:
Formulario, en la parte superior de este sitio web. Call Center 101, para consultas del IPS. Facebook, para consultas previsionales y del IPS. Twitter, para consultas previsionales y del IPS. Facebook, para consultas de diversos servicios del Estado. Twitter, para consultas de diversos servicios del Estado. Call Center 101, para consultas de diversos servicios del Estado.
Te agradecemos los mensajes que nos has enviado. Seguiremos trabajando en nuevas y mejores formas de acercar los servicios del Estado a las personas. : ¿Necesitas ayuda y orientación? Te contamos cómo contactarte con nosotros
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¿Qué beneficios entrega ChileAtiende?
Orientación vocacional, Prueba de Transición, becas de arancel y apoyo, Gratuidad y créditos.
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¿Cómo saber si tengo derecho a beneficios del Estado?
Ingresando a la página oficial del Instituto de Previsión Social podrás consultar si tienes un beneficio por recibir.
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¿Dónde puedo llamar por el IFE?
Ingreso Familiar de Emergencia: dónde se hacen los trámites y consultas De acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, las apelaciones y reclamos del Ingreso Familiar de Emergencia se realizan exclusivamente en el portal,
- Este trámite no se realiza en sucursales.
- Para apelar o reclamar por los resultados del Ingreso Familiar de Emergencia, las personas deben ingresar a la sección “¿Tienes un problema?” del sitio web En ese sitio también se ingresan las postulaciones en el caso de personas que consideren cumplir los requisitos, y que no han sido favorecidas de manera automática con el beneficio.
Ese es el medio que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia ha puesto a disposición de la ciudadanía para este trámite. También se ha habilitado, para consultas, el Call Center 800 104 777 del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, y el Call Center 101 para orientación general.
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¿Cómo postular al bono dueña de Casa 2022 consultar con RUT?
¿Cómo saber si soy beneficiaria del Bono Dueña de Casa? – A este beneficio estatal no se postula, por lo que puedes consultar haciendo clic AQUÍ si eres beneficiaria del Bono Dueña de Casa, sólo deberás ingresar tu RUT. Además puedes consultar llamando gratis desde red fija al 800 104 777 opción 2, o desde celulares al +56226751400.
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¿Cuál es el valor del bono por hijo?
El Bono por Hijo es un beneficio que entrega el Estado a las mujeres madres del país cuyo objetivo es aumentar el monto de su pensión. Puede ser solicitado por cualquier mujer que se haya pensionado desde 2009 y que haya estado afiliada a una AFP o sea beneficiaria del sistema de pensiones solidarias.
- Este aporte económico se entrega por cada hijo nacido vivo o adoptado.
- Quienes lo soliciten deben cumplir con ciertos requisitos.
- En el caso de hijos adoptados, la bonificación contempla a la madre biológica y a la madre adoptiva del hijo/a.
- Una vez otorgado, el beneficio es irrevocable.
- La bonificación se agrega a la pensión mensual, por lo tanto no es un monto que se entere por una sola vez ni que se anticipe ante de la jubilación.
El valor del Bono por Hijo equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (fijado para los trabajadores de 18 hasta 65 años). ¿Cuáles son los requisitos para optar al Bono por Hijo?
- Madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
- Madres titulares de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV), que fue reemplazada por la Pensión Garantizada Universal (PGU), a contar del 1 de julio de 2009.
- Madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a contar del 1 de julio de 2009.
- Tener 65 años de edad o más.
- Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años. Asimismo, tiene que haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación.
¿Cómo postular al Bono por Hijo? Puede postular a este beneficio de modo presencial o de modo online a través del sitio web. Postulación en línea:
- Debes ingresar a la página web,
- Luego, escribir el RUT y hacer clic en “ingresar”.
- Seleccionar la opción “Pilar Solidario y Bono por Hijo”, después hacer clic en “Bono por hijo”.
- Hacer clic en “ingresar solicitud de bono por hijo”.
- Posteriormente se solicitará completar sus antecedentes (Clave Única).
- Finalmente habrá postulado a la bonificación por hijo.
Postulación presencial:
- Debe ir a la institución previsional a la que estás afiliado (AFP) o a la oficina ChileAtiende más cercana,
- Debe tener su Cédula de identidad vigente o un poder notarial en el caso de que el trámite sea realizado por un apoderado.
- Luego debe solicitar la Bonificación por Hijo y mostrar los documentos requeridos.
- Finalmente como resultado del trámite habrá solicitado el beneficio.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
- ClaveÚnica, si hace el trámite en línea.
- Cédula de identidad vigente.
- Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado.
Si la cédula de identidad no está vigente, podrá ingresar el trámite de todas maneras, pero este quedará pendiente hasta que se presente la cédula vigente. Este trámite no tiene costo alguno. ¿Es heredable el Bono por Hijo?
- Si la mujer estaba afiliada a una AFP y no había cumplido los 65 años, el bono no forma parte de su herencia.
- Si la mujer había cumplido los 65 años (y por lo tanto el bono incrementó su pensión), el bono sí forma parte de su herencia.
- Si la mujer comenzó a recibir el Bono por Hijo tras obtener la Pensión Garantizada Universal (que reemplazó a la Pensión Básica de Vejez), esta bonificación no es heredable, ya que no ha ingresado al patrimonio de ella (a diferencia de lo que sucede con la Cuenta de Capitalización Individual de AFP).
No tienen derecho a este bono quienes reciben pensiones del régimen antiguo de pensiones, Capredena o Dipreca.
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¿Cómo saber si tengo bonos del gobierno 2022?
Bonos Pendientes del ISP –
El I nstituto de Previsión Social es la institución que entrega la gran mayoría de los beneficios del Estado, por lo que tiene habilitada la plataforma “Bonos Pendientes” al que puedes ingresar en este ENLACE, y solamente digitando tu RUT y fecha de nacimiento sabrás si tienes pagos pendientes.
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- También se puede otorgar poder para cobrar y percibir beneficios y prestaciones de toda naturaleza que administre el Servicio.
- Este proceso sirve tanto como para la obtención, renovación (prórroga) y revocación de poderes.
- Si ya tiene este beneficio, consulte su,
- Los poderes solicitados de forma presencial que vencieron durante 2021 se aplazaron hasta el mismo mes de 2023; en tanto que los solicitados de forma remota vencidos hasta diciembre de 2021, estarán vigentes hasta agosto de 2023.
- Autorización otorgada en ChileAtiende por un o una profesional (asistente social).
- Carta-poder : documento privado emitido ante notario público, por el cual el pensionado o beneficiario autoriza a otra persona para actuar como apoderado.
- Escritura pública : documento otorgado y registrado por un notario, mediante el cual un mandante encomendará una representación de carácter amplio a un apoderado o una apoderada. Si bien se pueden usar escrituras públicas que hayan sido otorgadas con un carácter amplio, también se pueden usar escrituras para esta gestión específica (en caso de poseerlas).
- Autorización en línea : la persona beneficiaria o pensionada contacta (por medio de la web) a ChileAtiende para solicitar la autorización para cambiar o establecer a un nuevo apoderado o apoderada, que será canalizada por un o una asistente social. En casos especiales en los que esta persona no pueda expresarse (por estar hospitalizada, postrada u otras circunstancias), un asistente social analizará la situación y tomará la decisión.
- Todo acto de poder o apoderamiento que se presente, independientemente de su forma, debe ser especial y específico. Por una parte, debe individualizar con precisión los beneficios o prestaciones previsionales y, por la otra, debe indicar que se otorga para ser presentado ante el Instituto de Previsión Social (IPS).
- El poder para cobrar prestaciones previsionales debe incluir, expresamente, la facultad de recibir el pago y modificar la modalidad de pago a depósito en cuenta del apoderado, que debe ser informado por la persona titular (poderdante).
- La regla general es que, en los términos señalados, el poder debe ser otorgado ante notario público (por escritura pública o privada) u oficial del Registro Civil en las comunas donde no exista notaría. En este último caso, el poder tiene una vigencia de dos años y es gratuito si su finalidad es el cobro de la pensión, siempre que no haya un pago para el mandatario por sus servicios.
- Excepcionalmente, por falta de conectividad, movilidad u otra imposibilidad justificada, las personas pueden solicitar autorización de poder directamente en el IPS. Debe haber una constatación de los antecedentes y de la voluntad y entendimiento de la persona beneficiaria, con lo cual se procederá a la autorización del poder o su validez, si es el caso, por parte de un asistente social del IPS. Este poder tiene una vigencia de dos años y puede otorgarse en forma presencial en las sucursales de ChileAtiende o a través de la Sucursal Virtual.
- En los casos en que los titulares de derechos previsionales no puedan manifestar su voluntad y/o entendimiento por cualquier causa, deben hacerse representar por un curador judicial, sin perjuicio de las autorizaciones especiales y transitorias que, en este tipo de situaciones -como las demás justificadas por postración u otras similares-, sean debidamente informadas por un asistente social a través de una entrevista personal (presencial o remota) y/o visita domiciliaria, si fuera necesario, previa calificación del IPS. Este poder solo tiene una vigencia de seis meses.
- Cédula de identidad.
- Poder notarial simple o escritura pública (solamente en caso de que haga la autorización para el cobro en forma notarial).
- Resolución judicial, en caso de interdictos (solamente en el caso de que exista).
- Aquellos poderes con vencimiento ordinario (vigencia de dos años, por haber otorgado mediante carta poder o poder notarial) y extraordinario (vigencia de 6 o 3 meses, según se haya otorgado por la vía semiremota o remota respectivamente) que haya ocurrido u ocurra durante 2022, prorrogan su vigencia hasta el respectivo mes de 2023, según haya sido o sea el correspondiente mes de vencimiento del año 2022.
- Aquellos poderes remotos y semiremotos otorgados durante 2020 y que tenían vencimiento excepcional para junio de 2022, se prorrogarán hasta agosto de 2023.
- En cualquier momento el o la titular podrá disponer la renovación o revocación del respectivo poder, de acuerdo con los mecanismos, procedimientos y canales disponibles en el IPS para esos efectos.
- Mensualmente, el IPS aplicará los efectos de la prórroga excepcional que se ha señalado, solo a aquellos poderes que, al cierre del respectivo proceso mensual, no registren renovación o revocación, en su caso, provocada directamente por el o la titular, de acuerdo con la regla recién mencionada.
- Haga clic en “solicitar poder”.
- Seleccione:
- “Sucursal Virtual”: para ser atendido por un ejecutivo.
- “Solicitar agendamiento”: para programar una visita a una sucursal para realizar presencialmente el trámite.
- Ingrese el RUN de la persona beneficiaria, y pulse “consultar”.
- El sistema le indicará si el RUN es correcto. Si lo es, desplegará el mensaje “solicitar un nuevo poder”; para continuar, pulse el botón “comenzar”.
- Responda las preguntas del formulario, y haga clic en “continuar”.
- Ingrese la información de contacto: teléfono y correo electrónico.
- En el último paso, presione “comenzar prueba técnica”, donde se comprobará la conexión (navegador compatible, audio y micrófono, cámara y ancho de banda).
- Haga clic en el botón “prueba”. Si todo funciona correctamente, pulse “iniciar video atención”.
- Espere la atención del ejecutivo de la Sucursal Virtual de ChileAtiende.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase, junto a la persona que será su apoderado, a una,
- Explique el motivo de su visita: otorgar un poder para el cobro de su pensión o beneficio que le paga mensualmente el IPS.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá autorizado a un tercero para el cobro de sus beneficios.
- Si otorgó poder notarial o mandato general, solamente deberá acudir el mandatario.
- Si se encuentra imposibilitado de dirigirse al punto de atención, debe acudir un tercero (idealmente quien será su apoderado) en su representación.
- Si requiere una visita domiciliaria, esta debe realizarse antes de la fecha de pago del beneficio.
- Llame al call center de IPS, al 600 440 0040,,
- Explique el motivo de su contacto: otorgar poder para el cobro de su pensión o beneficio que le paga mensualmente el IPS.
- Responda las preguntas que puedan realizarle.
- Tras este proceso, un o una asistente social se contactará en los próximos días, de manera remota, para realizar un chequeo de identidad (del beneficiario y su apoderado) y realizar un informe.
- Su entidad pagadora (Los Héroes o BancoEstado), si no hay inconvenientes, sumará a su representante al sistema.
¿Cómo saber si me corresponde el bono de 120 mil?
Las personas que sean: Causantes de Asignación Familiar al 31 de diciembre de 2021, siempre que el respectivo beneficiario perciba la asignación por tener un ingreso mensual inferior a $907.672; y causantes de Subsidio Familiar (SUF) al 31 de diciembre de 2021.
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¿Cómo postular a la pensión solidaria?
Pensión Básica Solidaria de Vejez – Por Ley N° 21.419 este beneficio fue reemplazado por la Pensión Garantizada Universal. Este beneficio permitía, a quienes no tenían derecho a una pensión en algún régimen previsional y cumpliendo un conjunto de requisitos, acceder a un monto de $176.096 desde los 65 años.
- Tener, a lo menos, 65 años de edad al momento de la solicitud. No tener derecho a percibir pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o como beneficiario o beneficiaria de pensión de sobrevivencia. Integrar un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población, determinado, principalmente, por el Puntaje de Focalización Previsional (PFP), para lo cual se requiere estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH). Acreditar residencia en el territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde cumplidos los 20 años de edad. En el caso de chilenos carentes de recursos, el período se cuenta desde su fecha de nacimiento. Haber vivido en el país al menos cuatro de los últimos cinco años anteriores a la solicitud. Al respecto, cabe destacar que: Los beneficiarios y beneficiarias que están inscritos en la oficina nacional de retorno y diplomáticos (aplicable solamente a chilenos y chilenas) podrán conmutar los años de exilio como residencia.
Importante: las personas pensionadas por gracia, pensionados exonerados políticos, pensionados por Ley Rettig y Ley Valech, que solamente gocen de este beneficio, tenían derecho a complementar dicho aporte hasta el monto de la PBSV.
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: Pensión Básica Solidaria de Vejez – Por Ley N° 21.419 este beneficio fue reemplazado por la Pensión Garantizada Universal.
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¿Cómo hacer un poder para cobrar pensión?
Autorización para cobrar beneficios de previsión social a través de un apoderado Permite obtener una autorización formal y expresa, que otorga el titular de una prestación previsional (también llamado poderdante), administrada por el IPS, para que una tercera persona (apoderado) pueda actuar en su nombre y representación, con el fin de solicitar, tramitar y, en general, efectuar toda gestión tendiente a ejercer sus derechos previsionales ante el IPS.
Los poderes pueden ser obtenidos de forma presencial, ya sea en las sucursales ChileAtiende o en notarías públicas, y de manera online, Conozca, Todas las personas titulares beneficiarias de las prestaciones previsionales y asistenciales administradas por el Instituto de Previsión Social (pensiones, subsidios, bonos y otras prestaciones).
Importante :
De manera excepcional, la Superintendencia de Pensiones ha autorizado la prórroga de aquellos poderes que se indican, de acuerdo con las siguientes reglas:
Reglas comunes:
Infórmese sobre la vigencia de su respectivo poder para el cobro de sus beneficios y sobre su derecho a modificar esta situación cuando lo estime conveniente, concurriendo a las sucursales presenciales o a la Sucursal Virtual de ChileAtiende para estos efectos.
Si seleccionó “Sucursal Virtual” :
Importante : tanto la persona titular como la persona apoderada deben estar presentes en la videoatención con sus cédulas de identidad vigentes. – Instrucciones Trámite en Sucursal
Importante :
– Instrucciones contacto telefónico
Importante : solamente para nuevos apoderados o cambio del mismo. – Instrucciones trámite por Email – Instrucciones trámite en el Consulado Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs. Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs. Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite : Autorización para cobrar beneficios de previsión social a través de un apoderado
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¿Cuáles son los trámites en línea?
Trámite en Línea – Detalles Imprimir Trámite que puede ser realizado por medios electrónicos a través del portal de una entidad, ya sea de manera parcial, en alguno de sus pasos o etapas, o total, hasta obtener completamente el resultado requerido.8938 Accesos
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